sábado, 29 de junio de 2013

Falta información a los ciudadanos sobre el Certificado Energético

El pasado 5 de Junio tuvo lugar el debate profesional convocado por AEGI comunidad Valenciana y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia, donde numerosos profesionales del sector inmobiliario tuvieron la oportunidad de compartir, las numerosas disfunciones que ha ocasionado la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

El certificado energético fue valorado como algo positivo. Los profesionales del sector, manifestaron que alcanzará mayor repercusión cuando el consumidor final tome conciencia de la repercusión real sobre el medio ambiente y el consumo energético de la vivienda que se dispone a comprar o alquilar.

Los profesionales pusieron de manifiesto el hecho de que no se ha realizado ninguna campaña informativa al ciudadano, por parte de la administración, informando ni de la importancia, ni de la finalidad de la obtención del certificado energético, ni del carácter obligatorio del mismo por parte del propietario, así como de la posibles sanciones.

Esta responsabilidad se ha delegado directamente en los operadores del mercado, en su mayoría agentes inmobiliarios.

La mesa de debate creada por el colegio oficial de agentes de la propiedad inmobiliaria y  AEGI comunidad Valenciana, no cuestiona la utilidad ni la  obligatoriedad del mismo, sino la aplicación de la normativa, fundamentalmente por que no ha existido tiempo suficiente para la campaña de concienciación de los vendedores y arrendadores, ni para la realización de las inspecciones técnicas necesarias para obtener dichos certificados.

La principal disfunción se está produciendo en la obligatoriedad de exhibir la etiqueta energética en la publicidad del inmueble. Es ahí dónde los agentes nos estamos encontrando con el mayor problema. ¿Qué debemos hacer cuando la mayoría de propietarios todavía no han obtenido su etiqueta energética? ¿dejar de anunciar los inmuebles? Esta opción es inviable para el sector, se produciría un estancamiento en la venta y alquiler de inmuebles con unas consecuencias nefastas para los ciudadanos y para el sector en general.

Es necesaria una moratoria o una aplicación por fases sobre todo en lo que respecta a la obligatoriedad de exhibir la etiqueta en la publicidad de los inmuebles en venta y arrendamiento. Una aplicación escalada y  razonable que permita introducir una medida de tan amplio calado.

Es muy importante destacar que nos estamos encontrando con propietarios que no entienden la utilidad de la medida ni son conscientes de las repercusiones de no obtener la etiqueta para publicitar el inmueble. En el caso de la venta o del alquiler ya realizado, la obtención del certificado se facilita, puesto que el propietario lo contempla como un gasto más de la venta  o el alquiler  ya efectuado.

La dificultad se presenta cuando debemos hacer entender al propietario que sólo para poder anunciarlo ya debe obtener la etiqueta energética. En algunos casos los propietarios ni siquiera pueden asumir el coste de inicio que supone. Sobre todo en el caso de alquileres de rentas bajas.

En conclusión:

1. La administración ha tardado siete años en poner en marcha una directiva europea que la mayoría de países pusieron en marcha en 2006. Ahora entra en vigor de golpe sin preparación previa para los propietarios y los profesionales. La administración central y la autonómica no está preparada, ni siquiera tiene el certificado expuesto en todos sus edificios según obliga la mencionada ley.

2. Existe una falta total de Información a los ciudadanos, papel que están asumiendo los propios profesionales del sector.

3. Es imprescindible tener consideración y aclarar la aplicación del régimen sancionador, especialmente en lo referente a la difusión de los inmuebles en medios publicitarios.

4. Los profesionales inmobiliarios tienen total predisposición al cumplimiento de la ley. Apostamos por mejorar la calidad de las viviendas a travésdel ahorro energético en beneficio del comprador-consumidor.

5. La ley y en su caso las sanciones derivadas de su incumplimiento, deberá aplicarse en igualdad de condiciones para todos, no sólo a los particulares que son el eslabón más débil, si no especialmente agrandes portales, entidades financieras, y administraciones públicas.

6. Es necesaria una aplicación ordenada, por fases, incluso con moratorias si fuera necesario para no que no produzcan sanciones innecesarias e injustas a ciudadanos o profesionales por falta de tiempo y precipitación de la administración.


jueves, 27 de junio de 2013

Climatización eficiente

La climatización es un aspecto fundamental en la vida cotidiana con efectos directos sobre la salud y es responsable de más del 47% de la factura energética. Si se tiene en cuenta la distribución de ahorros posibles --57% si se actúa en la envolvente del edificio, 23% si se hace sobre los sistemas y 12% si se incorpora energía renovable.

Lo primero es proceder sobre las fachadas evitando dejar escapar la temperatura adecuada del interior, favoreciendo el aporte de radiación solar directa en invierno y evitándolo en verano, ventilando no más de 10 minutos en días de frío y otras pequeñas acciones que responden al sentido común.
Los sistemas más comunes utilizados para uso doméstico son los que generan calor mediante combustión (calderas), los que producen frío y/o calor mediante ciclos de compresión (bombas de calor) y los que propagan calor por efecto Joule (utilizan una resistencia). Estos ultimos, son sistemas de climatización menos eficientes
Las calderas más eficientes son las de condensación y las de biomasa con ahorros de un 30% y un 55% respectivamente. Los sistemas menos aconsejables son los basados en efecto Joule (braseros y radiadores eléctricos) ya que consumen más del doble de energía que el calor que genera.



En cuanto a sistemas de ciclos de compresión "bombas de calor" son equipos de alta eficiencia con rendimientos superiores al 300% es decir, generan tres veces más energía térmica que la energía final que consumen, que pueden estar apoyados por geotermia (utiliza la temperatura del suelo) o aerotermia (utiliza la temperatura del aire) consiguiendo ahorros de un 75% respecto a sistemas convencionales. La distribución del calor o frío puede ser por convección o radiación por radiadores o suelo radiante, siendo el segundo más eficiente al necesitar menor temperatura, ahorrando hasta un 20%.


miércoles, 19 de junio de 2013

Falta información a los ciudadanos sobre el Certificado Energético

El pasado 5 de Junio tuvo lugar el debate profesional convocado por AEGI comunidad Valenciana y el Colegio Oficial de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria de Valencia, donde numerosos profesionales del sector inmobiliario tuvieron la oportunidad de compartir, las numerosas disfunciones que ha ocasionado la entrada en vigor del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

El certificado energético fue valorado como algo positivo. Los profesionales del sector, manifestaron que alcanzará mayor repercusión cuando el consumidor final tome conciencia de la repercusión real sobre el medio ambiente y el consumo energético de la vivienda que se dispone a comprar o alquilar.

Los profesionales pusieron de manifiesto el hecho de que no se ha realizado ninguna campaña informativa al ciudadano, por parte de la administración, informando ni de la importancia, ni de la finalidad de la obtención del certificado energético, ni del carácter obligatorio del mismo por parte del propietario, así como de la posibles sanciones.

Esta responsabilidad se ha delegado directamente en los operadores del mercado, en su mayoría agentes inmobiliarios.

La mesa de debate creada por el colegio oficial de agentes de la propiedad inmobiliaria y  AEGI comunidad Valenciana, no cuestiona la utilidad ni la  obligatoriedad del mismo, sino la aplicación de la normativa, fundamentalmente por que no ha existido tiempo suficiente para la campaña de concienciación de los vendedores y arrendadores, ni para la realización de las inspecciones técnicas necesarias para obtener dichos certificados.

La principal disfunción se está produciendo en la obligatoriedad de exhibir la etiqueta energética en la publicidad del inmueble. Es ahí dónde los agentes nos estamos encontrando con el mayor problema. ¿Qué debemos hacer cuando la mayoría de propietarios todavía no han obtenido su etiqueta energética? ¿dejar de anunciar los inmuebles? Esta opción es inviable para el sector, se produciría un estancamiento en la venta y alquiler de inmuebles con unas consecuencias nefastas para los ciudadanos y para el sector en general.

Es necesaria una moratoria o una aplicación por fases sobre todo en lo que respecta a la obligatoriedad de exhibir la etiqueta en la publicidad de los inmuebles en venta y arrendamiento. Una aplicación escalada y  razonable que permita introducir una medida de tan amplio calado.

Es muy importante destacar que nos estamos encontrando con propietarios que no entienden la utilidad de la medida ni son conscientes de las repercusiones de no obtener la etiqueta para publicitar el inmueble. En el caso de la venta o del alquiler ya realizado, la obtención del certificado se facilita, puesto que el propietario lo contempla como un gasto más de la venta  o el alquiler  ya efectuado.

La dificultad se presenta cuando debemos hacer entender al propietario que sólo para poder anunciarlo ya debe obtener la etiqueta energética. En algunos casos los propietarios ni siquiera pueden asumir el coste de inicio que supone. Sobre todo en el caso de alquileres de rentas bajas.

En conclusión:

1. La administración ha tardado siete años en poner en marcha una directiva europea que la mayoría de países pusieron en marcha en 2006. Ahora entra en vigor de golpe sin preparación previa para los propietarios y los profesionales. La administración central y la autonómica no está preparada, ni siquiera tiene el certificado expuesto en todos sus edificios según obliga la mencionada ley.

2. Existe una falta total de Información a los ciudadanos, papel que están asumiendo los propios profesionales del sector.

3. Es imprescindible tener consideración y aclarar la aplicación del régimen sancionador, especialmente en lo referente a la difusión de los inmuebles en medios publicitarios.

4. Los profesionales inmobiliarios tienen total predisposición al cumplimiento de la ley. Apostamos por mejorar la calidad de las viviendas a través del ahorro energético en beneficio del comprador-consumidor.

5. La ley y en su caso las sanciones derivadas de su incumplimiento, deberá aplicarse en igualdad de condiciones para todos, no sólo a los particulares que son el eslabón más débil, si no especialmente agrandes portales, entidades financieras, y administraciones públicas.

6. Es necesaria una aplicación ordenada, por fases, incluso con moratorias si fuera necesario para no que no produzcan sanciones innecesarias e injustas a ciudadanos o profesionales por falta de tiempo y precipitación de la administración.


martes, 18 de junio de 2013

Sustentable & Sostenible: El nuevo IEE, más que conservar

Sustentable & Sostenible: El nuevo IEE, más que conservar: El Real Decreto 233/2013 de 5 de abril, que regula el Plan Estatal de fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación y regeneración urba...

jueves, 6 de junio de 2013

Ventanas eficientes

Las zonas menos protegidas energéticamente son las ventanas, por lo que requieren un especial cuidado en la elección del sistema, pudiendo ahorrarse en la factura de climatización hasta el 57% del gasto.
Con carácter general, las ventanas deben ser utilizadas para el aprovechamiento de la radiación solar directa en invierno en orientaciones Sur e impedir que salga el calor acumulado cuando ésta cesa, bajando persianas u otro protector. Si además los rayos del sol incidieran directamente sobre muros, éstos actuarían como verdaderos acumuladores que emitirían calor por la noche. En verano se debe impedir que la radiación directa penetre al interior, cuestión sencilla al incidir con mayor inclinación que en invierno, valiendo un simple voladizo o toldo. Conviene tener en cuenta la existencia de los "puentes térmicos" que se generan en el contorno de la ventana, especialmente en la caja de la persiana si no está aislada convenientemente.
Las características de las ventanas tenderán a conseguir la menor capacidad al paso del calor posible, teniendo en cuenta que al Norte no tienen radiación solar directa. En zonas frías deben utilizarse ventanas que permitan el mayor paso de energía solar posible y en las cálidas al contrario, con drenajes que permitan la evacuación de infiltraciones. En el caso de los materiales se estima que la responsabilidad de las pérdidas o ganancias de calor son en un 67-75% de los vidrios y en un 25-33% de los marcos.

Así, los sistemas pueden combinarse tanto como tipos de marcos y vidrios existen. Los vidrios sencillos aislan la mitad que los dobles y si éstos son de la característica bajo emisivo aíslan hasta 5 veces más que un vidrio sencillo, completándose la gama con vidrios de control solar, etc. Las opciones de carpinterías también son múltiples: metálicas con rotura de puente térmico o no, madera, etc. La correcta elección de las soluciones facilitará la óptima en cada caso.

¿Cambio de caldera? ¿Cuál elegimos?

Cuando se efectúa un Certificado de Energético, una de las medidas  para la mejora de la calificación de la vivienda o edificio es el cambio de calderas.
¿Qué quiere decir esto? Que nuestro certificado energético nos indica qué medidas pueden reducir nuestro consumo, luego en el caso que tengamos que cambiar una caldera, lo lógico es tener en cuenta la información que nos proporciona nuestro Certificado Energético para que la caldera elegida sea la que más nos conviene energéticamente.
Primeramente definiremos lo que es una caldera (según, wikipedia.org):
"La caldera es una máquina o dispositivo de ingeniería diseñado para generar vapor. Este vapor se genera a través de una transferencia de calor a presión constante, en la cual el fluido, originalmente en estado líquido, se calienta y cambia su fase."
De una forma más coloquial podríamos definir la caldera como una instalación térmica que satisface las necesidades de agua caliente, calefacción o ambas a la vez.
Podemos clasificar las calderas en diferentes tipos:
Según sus características constructivas
Calderas estándar: son las más habituales.  Su material de construcción es de fundición negra lo que obliga a trabajar a temperaturas muy elevadas para que no se produzca la aparición de condensaciones de humo. Es por ello que resultan poco eficientes, ya que necesitan trabajar a más temperatura de la realmente necesaria.
Calderas de baja temperatura: su material de construcción es la fundición gris y su superficie está aislada térmicamente para evitar las pérdidas de calor. Su ahorro energético con respecto a estándar es del 10% hasta20%.
Calderas de condensación: su material de construcción es acero inoxidable.  Su ahorro  energético puede ascender al 35% con respecto una estándar.
De esto podemos deducir que si cambiamos una caldera estándar por una caldera de condensación, podemosahorrar un 35% en combustible
El tipo de combustible que utilice la caldera es importante, puesto que cuando se simula la eficiencia energética en software, se evalúa no solo cuánta energía se consume si no lo contaminante que resulta esta energía al medio ambiente, esto es, la cantidad de CO2 que emite.
Expondremos  los tipos de combustibles de caldera  ordenados de más contaminantes a menos contaminantes.
Carbón: en estos momentos está limitado solamente al ámbito industrial y de la producción eléctrica.
Gasóleo: es un combustible líquido derivado del petróleo.
GPL (butano y propano): son gases licuados del petróleo
Gas natural: está compuesto como mínimo por un 90% por metano (CH4).
Biomasa: son residuos y derivados de la industria agropecuaria y forestal. No es contaminante.
Luego si queremos cambiar de caldera la mejor opción será una caldera de condensación cuyo combustible sea biomasa. Siendo recomendable buscar las subvenciones que existen para este tipo de actuaciones y así pueda salir la inversión más económica y por supuesto, reducir el periodo de amortización.

lunes, 3 de junio de 2013

El #certificadoenergético ya está en vigor, y ¿ahora qué?

El momento que muchos estábamos esperando con ilusión, esperanza, y hasta necesidad, ha llegado: este sábado 1 de Junio, ha entrado en vigor el nuevo Certificado Energético de Edificios, que ya incluye a las edificaciones existentes dentro de la obligatoriedad para su obtención. Pero no nos engañemos, porque hoy día 3, yo acabo de pasar por el escaparate de algunas inmobiliarias en la ciudad de Burgos y poco o nada ha cambiado; ¿de momento?
Está claro que es demasiado pronto para poder evaluar todo esto, aunque ya se conocen casos de personas que se han interesado por el proceso y, días atrás, he podido leer en twitter que algunos se están realizando, ¡y por profesionales autónomos de los de andar por casa!
Una gran noticia, viendo la “merienda de negros” en que se está convirtiendo, desde semanas atrás, todo este “pastel” para una gran cantidad de técnicos sin un cliente que “llevarse a la boca“. Porque… a pesar de que sea criticable y, casi hasta denunciable, que haya “personas” que puedan realizar certificados por 20, 40, 60 euros, ¿pensáis que no duermen por las nocheso es algo ilógico? Igual hasta lo están lanzando mejor (empresarialmente hablando) que muchos de nosotros. Porque, en un país donde, la competitividad consiste en hacer las cosas lo más barato posible olvidándose de si se hace bien o mal… Es que, además, a la gente le toca un pie todo eso. Una gran parte quiere su papel bien reluciente, a todo color, con su sellito y su firma porque, después de todo, irá al cajón que todos tenemos en el mueble del salón donde vamos colocando las cosas y nunca más volvemos a preocuparnos por ellas.
Y no es de extrañar que estén pasando estas cosas en pleno 2013, donde el anterior fin de semana (25-26 de Mayo), uno estaba viendo las noticias desde su sofá o en la sobremesa y escuchaba en el telediario: Se ha aprobado la nueva Ley del alquiler… (patatín patatán), y a ningún periodista se le ocurrió nombrar absolutamente nada del #certificadoenergético. ¿Cómo puede ser, que algo que está completamente relacionado con el tema, no sea ni siquiera nombrado? Y más sabiendo que su difusión, hasta la fecha, es inexistente por parte de la parte implicada en su puesta en marcha: nuestros queridos gobernantes… Acompañarlo de un pequeño reportaje de 20 segundos habría sido mucho pedir, lo reconozco.
Eso sí, en la prensa escrita, la cosa está siendo muy muy diferente. Y aquí, quiero felicitar a la sección de Vivienda del diario El Mundo, porque habitualmente desde hace semanas, está continuamente publicando noticias sobre el tema. Acompañadas además de información varia sobre eficiencia energética y demás bondades de nuestro amado certificado. Hoy mismo, publican lo siguiente: “Gran confusión en el mercado inmobiliario ante la llegada de la etiqueta energética”.
No me sorprende en absoluto este titular, ya que en cada una de las CCAA el proceso va a seguir un camino diferente, como por ejemplo el cobro por registro del certificado: en Madrid, nada menos que 40 eurazos por registrar un papel en ventanilla. Esto, ¿a qué mente pensante se le ha ocurrido con la que está cayendo? Y más sabiendo que en Euskadi, va a ser totalmente gratuito (Voy a dejar el tema de la EMVS para otro día).
En fin, no hay mucho más que añadir, todo esto se irá aclarando poco a poco según pasen los meses y, a buen seguro, nos va a servir a todos para ponernos al día; si es que queremos olfatear mínimamente una cienmilésima parte de todo este “negocio oscuro” que nos ha traído detrás algo necesario desde el año 2002: las políticas en materia de eficiencia energética promovidas por la Unión Europea en pleno boom inmobiliario. Porque, ni siquiera ellos, llegaron a tiempo de poner todo esto en su debido lugar.
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