Desde la entrada en vigor del Código Técnico de la Edificación, en el año 2006, es obligatoria la colocación de captadores solares que cubran parte de las necesidades de agua caliente sanitaria de las viviendas, pero cada vez son más las familias que viven en edificios construidos antes de esta fecha y que se interesan por ahorrar energía y dinero instalando por su cuenta uno de estos sistemas.
¿Qué requisitos debe cumplir mi edificio para poder instalarlo?
No en todos los edificios es posible o rentable instalar un sistema de paneles solares, ya que deben cumplirse ciertos requisitos:
¿Cómo funciona la instalación?
El principio es sencillo: calentar el agua, en la medida de lo posible, mediante energía solar y así consumir el mínimo de energía necesaria para elevar la temperatura hasta la de consumo.
El ahorro de energía se produce cuando, en lugar de calentar hasta 60ºC agua proveniente de la red de distribución a 12ºC, lo que supone un salto térmico de 48ºC, calentamos agua proveniente del sistema de ACS solar, que puede estar a 40 o 50ºC, lo que supone un salto térmico de 10 o 20ºC.
Una vez el agua ha sido calentada mediante el sistema de captadores solares, se debe terminar de elevar su temperatura para llegar hasta la de consumo, por lo que estos sistemas siempre deberán estar conectados a uncalentador instantáneo o un acumulador (termo) que estará dentro de las viviendas.
Por supuesto, el rendimiento de los paneles es muy variable, ya que dependerá de las horas de sol que reciba, de la época del año en que nos encontremos y de la localización del edificio. Así es posible que, en Sevilla, un sistema orientado al sur pueda aportarnos un 70 o un 80% de las necesidades anuales de ACS, mientras que en Burgos se reduzca a un 40 o 50%.
El ahorro potencial al instalar uno de estos sistemas es bastante elevado, ya que, un sistema bien estudiado puede llegar a cubrir un 80% de las necesidades anuales de ACS, por lo que puede resultar una inversión muy rentable.
Existen varios tipos de instalaciones que pueden colocarse dependiendo de si su uso va a ser comunitario o para una sola vivienda, si se incluye calefacción, el espacio disponible, etc.
No en todos los edificios es posible o rentable instalar un sistema de paneles solares, ya que deben cumplirse ciertos requisitos:
- Se debe contar con una cubierta en la que se reciban suficientes horas de sol, preferiblemente orientada al sur, ya que es la orientación óptima de los paneles. Es muy sencillo realizar un estudio de las horas de sol que recibe cada parte de la cubierta de su edificio y así determinar si es rentable colocar paneles.
- La estructura del edificio debe soportar las sobrecargas. Un técnico debería determinar si es estructuralmente seguro, especialmente si se van a colocar depósitos de agua.
- La comunidad de vecinos debe dar su consentimiento en caso de que solamente uno de los vecinos quiera beneficiarse de los paneles solares, aunque la instalación resulta más económica y eficiente si se realiza de manera comunitaria.
- Deben cumplirse las ordenanzas municipales. La mayoría de ayuntamientos ya incluyen en sus ordenanzas apartados sobre cómo pueden colocarse los paneles para que no afecten estéticamente al entorno. Es posible que no pueda colocarse si su edificio está, por ejemplo, en el casco antiguo de una ciudad.

El principio es sencillo: calentar el agua, en la medida de lo posible, mediante energía solar y así consumir el mínimo de energía necesaria para elevar la temperatura hasta la de consumo.
El ahorro de energía se produce cuando, en lugar de calentar hasta 60ºC agua proveniente de la red de distribución a 12ºC, lo que supone un salto térmico de 48ºC, calentamos agua proveniente del sistema de ACS solar, que puede estar a 40 o 50ºC, lo que supone un salto térmico de 10 o 20ºC.
Una vez el agua ha sido calentada mediante el sistema de captadores solares, se debe terminar de elevar su temperatura para llegar hasta la de consumo, por lo que estos sistemas siempre deberán estar conectados a uncalentador instantáneo o un acumulador (termo) que estará dentro de las viviendas.
Por supuesto, el rendimiento de los paneles es muy variable, ya que dependerá de las horas de sol que reciba, de la época del año en que nos encontremos y de la localización del edificio. Así es posible que, en Sevilla, un sistema orientado al sur pueda aportarnos un 70 o un 80% de las necesidades anuales de ACS, mientras que en Burgos se reduzca a un 40 o 50%.
El ahorro potencial al instalar uno de estos sistemas es bastante elevado, ya que, un sistema bien estudiado puede llegar a cubrir un 80% de las necesidades anuales de ACS, por lo que puede resultar una inversión muy rentable.
Existen varios tipos de instalaciones que pueden colocarse dependiendo de si su uso va a ser comunitario o para una sola vivienda, si se incluye calefacción, el espacio disponible, etc.
No hay comentarios:
Publicar un comentario